Blog sobre extranjería

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Os damos la Bienvenida al Blog de Abogadas de Extranjería Teruel y Ferreiro, tu recurso de confianza para sobre información actualizada en materia de extranjería. Nuestro objetivo es proporcionar contenido útil y relevante de interés en Derecho de Extranjería.

  • 17/12/2024 - Isabel Teruel 0 Comentarios
    Procedimientos de extranjería y pasaportes venezolanos

    ElMinisterio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado la Instrucción conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras por la que:

    Queda sin efecto la Instrucción Conjunta del Director General de Migraciones y del Comisario General de Extranjería y Fronteras de 15 de marzo de 2019 para todos los procedimientos previstos en la normativa de extranjería que se inicien a partir del día de la fecha.

    -Instrucción conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras (de 19 de noviembre de 2024)

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  • 20/11/2024 - Isabel Teruel 0 Comentarios
    Publicación del nuevo Reglamento de Extranjería

    Se acaba de publicar el nuevo Reglamento de Extranjería, con importantes cambios en materia de visados, familiares de españoles, arraigos, trabajo y estudios, cuya entrada en vigor será a los seis meses de su publicación.

    Podéis ver el texto completo pinchando a continuación: 

    Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

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  • 19/11/2024 - Isabel Teruel 0 Comentarios
    Aprobación del nuevo Reglamento de Extranjería

    Ya se ha por aprobado por el Gobierno el nuevo Reglamento de extranjería, habiendo publicado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y  Migraciones un resumen con los aspectos clave de la reforma efectuada, que resaltamos a continuación.

     

    IMPORTANTE, se ha de publicar el texto definitivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y conocer la fecha de entrada en vigor del nuevo Reglamento. Estad atentos/as a nuestras publicaciones.

     

    Principales novedades: visados

    El nuevo texto crea un título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.


    De esta forma, se evitan situaciones de irregular sobrevenida, algo que también se ha querido evitar en la nueva norma al aclarar y simplificar los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra. Por ejemplo, no será necesario abandonar nuestro país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.

    También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo, que antes era una autorización de 3 meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que los 12 meses “van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan”.

    Principales novedades: cinco figuras de arraigo

    Mención específica merecen en esta reforma las figuras de arraigo. “Somos el único país de la Unión Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas día a día a través del arraigo”, ha explicado Elma Saiz, “con cinco modalidades: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es una de las novedades más importantes de este nuevo Reglamento”. Esta nueva modalidad va dirigida a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no se hubiera renovado por diversas razones.

    Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajean como propia desde el primer
    momento.

    Todas estas autorizaciones serán de un año salvo la familiar, que será de 5.

    Tres palancas de inclusión: trabajo, formación y familia

     Trabajo
    En este sentido, la mayor parte de las autorizaciones reguladas en este reglamento habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena.

    Esto incluye a las personas que vienen a realizar estudios, que podrán trabajar hasta 30 horas a la semana. De esta forma, se fomenta la inclusión del migrante y su integración en la sociedad.

    En cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo. Además, se mejora la protección de los derechos de los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita (en un idioma que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos. También se mejoran sus condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social aquí. A esto se suma una mejora en la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha etc.).

    Por otra parte, el texto promueve que los empresarios dispongan de más información en todo el proceso, que es más sencillo y flexible para que puedan adaptarse a las necesidades concretas como la duración determinada o la gestión colectiva de contrataciones. Ampliar los permisos de residencia (con la fórmula 1+4) da mayor estabilidad y más garantías a las empresas.

     Formación
    Otra de las novedades para los estudiantes es que van a poder contar con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación.

    Durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales, e independientemente de la formación que estén cursando.

    Por otro lado, se han reforzado los requisitos y las obligaciones de los centros de estudios.

     Familia
    Con el objetivo común de la inclusión, se ha mejorado la reagrupación familiar. Se ha creado una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los
    26 años (antes 21), y se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva análoga.

    La mayoría de las personas que se van a beneficiar de esta medida son personas que han obtenido la nacionalidad española en los últimos años y pueden traerse a su familia.

    También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.

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  • 11/09/2024 - Isabel Teruel 0 Comentarios
    Nacionalidad por residencia: anulación requisito mantener buena conducta cívica hasta inscripción en Registro Civil

    El Boletín Oficial del Estado (BOE) acaba de publicar la Sentencia de 15 de julio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar la cuestión de ilegalidad número 1/2024 sobre el artículo 12 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por razón de residencia, que pueden leer íntegramente pinchando en este enlacey de cuyo fallo hemos de destacar

    Primero.
    Estimar la cuestión de ilegalidad n.º 1/2024 planteada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con el inciso «sin que hasta ese momento haya cometido el interesado actos incompatibles con el requisito de la buena conducta cívica», incluido, in fine, en el apartado 1 del artículo 12 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, el cual se anula.

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  • 10/06/2024 - Isabel Teruel 0 Comentarios
    Sede Electrónica Oficina de Asilo y Refugio (OAR)

    Se acaba de habilitar una sede electrónica de presentación de recursos de reposición de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) por parte del Ministerio del Interior para: «Procedimientos relacionados con la instrucción y tramitación de expedientes en materia de protección internacional» tales como:

    • Recursos de reposición
    • Solicitud de subsanación y aportación de documentación
    • Solicitud de resolución de desistimiento de recurso de reposición
    • Descarga de resolución de desistimiento de recurso de reposición
    • Solicitud certificado acreditativo de suspensión por silencio de resoluciones recurridas en vía administrativa
    • Descarga de certificado acreditativo de suspensión por silencio de resoluciones recurridas en vía administrativa
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  • 09/05/2024 - Isabel Teruel 0 Comentarios
    Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura 2º trimestre de 2024

    "La calificación de una ocupación como de difícil cobertura implica la posibilidad de tramitar la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena dirigida al extranjero."

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  • 27/03/2024 - Isabel Teruel 0 Comentarios
    Instrucción SEM 1/2024 sobre sujetos legitimados, comparecencia personal y representación

    Publicación de la «Instrucción SEM 1/2024 sobre sujetos legitimados, comparecencia personal y representación

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