Nacionalidad por residencia: anulación requisito mantener buena conducta cívica hasta inscripción en Registro Civil

El Boletín Oficial del Estado (BOE) acaba de publicar la Sentencia de 15 de julio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar la cuestión de ilegalidad número 1/2024 sobre el artículo 12 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por razón de residencia, que pueden leer íntegramente pinchando en este enlacey de cuyo fallo hemos de destacar

Primero.
Estimar la cuestión de ilegalidad n.º 1/2024 planteada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con el inciso «sin que hasta ese momento haya cometido el interesado actos incompatibles con el requisito de la buena conducta cívica», incluido, in fine, en el apartado 1 del artículo 12 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, el cual se anula.

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